Lun- Vie : 08:00-18:00 | Sab : 08:00-13:00
admon@acfcorporativo.com
951 506 01 95

DECRETO POR EL QUE SE DICTAN LAS MEDIDAS URGENTES NECESARIAS PARA LA CONSERVACIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA DEL ESTADO Y ESTÍMULOS FISCALES.

Continuando con las acciones gubernamentales para proteger la salud y economía de la población el Gobierno del Estado de Oaxaca publica en el Periódico Oficial de fecha 25 de marzo del 2020 lo siguiente:

Los establecimientos privados que brinden atención y servicios a las personas, deberán adoptar las medidas siguientes:

  • Instalar dispensadores de gel antibacterial con alcohol al 70%
  • Que el personal que atienda el establecimiento cuente con cubrebocas, guantes de látex y con buen estado de salud.
  • Limpiar cada 30 minutos superficies, mostradores, mobiliarios, espacios de alojamiento para usuarios, superficies automatizadas, como elevadores, cajeros automáticos con desinfectantes o legía.
  • Ventilar las áreas que sean utilizadas con mayor frecuencia.
  • Evitar en la medida de lo posible, el contacto físico entre trabajadores y usuarios del establecimiento.
  • Evitar aglomeraciones y mantener una distancia mínima de un metro entre personas.
  • Las actividades que por su naturaleza generen contacto entre las personas.

En las oficinas gubernamentales del estado y municipios:

  • Evitar en la medida de lo posible el contacto físico entre solicitantes y servidores públicos, en cuando realicen un servicio o trámite.

La secretaria de movilidad y transporte público:

  • Reducir el número de pasajeros por lo menos al 50% de su capacidad y cumplir con la jornada nacional de la sana distancia.

Se restringe la concurrencia en los espacios públicos o privados, como son de manera enunciativa y no limitativa, bares, gimnasios, museo, cines, etc….

Los patrones que cuenten con trabajadores, adultos mayores, mujeres embarazadas y personas con enfermedades crónico degenerativas, deberán darle la facilidad para su aislamiento y siempre conservando la relación laboral.

Deja tu comentario